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Arras en las compra-venta y tipos de arras
Se llaman arras al importe que entrega como anticipo a cuenta el comprador al vendedor como garantía de que comprará el inmbule o finca en un plazo determinado. Si la operación llega a buen término, las arras son consideradas como pago la cuenta. Dichas arras se suelen recoger en el contrato de arras o contrato de compra-venta
Existen varios tipos de arras según se citan a continuación:
– Arras confirmatorias:
Son cantidades a cuenta del precio pactado en el contrato de compra-venta. Si una de las partes se volviera atrás, la otra parte podría exigir el cumplimiento del contrato o su resolución y la indemnización por lo daños y perjuicios producidos por no haber cumplido con lo pactado. (siempre justificados).
Arras penitenciales:
Si el que no cumplo con lo pactado es el comprador y se vuelve atrás, perderá il importe entregado como señal. En cambio, si el que no cumple el contrato es el vendedor, porque no quisiera vender, en este caso, tendría que devolver el doble de lo entregado.
Arras penales:
Sirven de garantía del cumplimiento del contrato. En estos casos se pierde la cantidad entregada como señal, y la parte a quien se le han frustrado sus expectativas podrá pedir una indemnización por los daños causados, siempre que los pueda demostrar.
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Andres dice
Buenos días!
Tengo una pregunta, ¿es recomendable esperar a tener una tasación previa para firmar el contrato de arras si estas muy justo en tu presupuesto inicial? ¿Cuanto sería una buena fecha para la entrega de llaves si aún no has empezado el trámite de la hipoteca?
hipoadmin dice
Nuestro consejo es solicitar antes al banco la hipoteca o al menos una aproximación de si nos van a autorizar el préstamo hipotecario. Se estñan dando muchos casos de no poder comprar el piso después de haber dado la señal porque el banco no concede la hipoteca.
Lo que si puede hacer es pedir la tasación con la misma tasadora que utiliza el banco porque en ese caso el importe no es tan considerable. Y así comprobar si le vale solo con el 80%$ del valor de tasación en préstamo para comprar la vivienda.