Legalidad del redondeo en la revisión de las hipotecas y cálculo de las cuotas
Hasta la fecha de la publicación de La Ley 44/2002 en el BOE 281 de fecha 23-11-2.002, era bastante habitual que los bancos y cajas de ahorro aplicarán un redondeo al alza que generalmente era hasta el cuarto de punto. Es decir, si por ejemplo el tipo de interés pactado era el euribor y esta euribor era 2,622 sumado ya el diferencial, el banco aplicaba como interés el 2,75. Esta práctica fué ampliamente denunciada y recurrida por las organizaciones de consumidores y en muchos casos con éxito. Ante estos hechos, la administración optó por regular estas prácticas y legisló que en el caso de que se pactara un redondeo, este sería como máximo de 1/8 de punto y dicho redondeo podría ser tanto al alza como a la baja hacia la cifra mas cercana a ese 1/8.
Ante esta circunstancia, las entidades de crédito bancos y cajas de ahorro en su mayoria optaron por eliminar dicho redondeo y en la actualidad no se discute sobre la aplicación del tipo de interés. No obstante, para aquellas hipotecas firmadas antes de la publicación de la Ley el 23 de Noviembre del 2.002, los bancos y cajas siguen aplicando el redondeo. En estos casos, son ya muchos que han presentado la correspondiente reclamación ante su banco reclamando se deje de aplicarles el redondeo al alza e incluso han llegado a reclamar las cantidades cobradas como exceso por la via judicial.
Y este es el texto de la Ley 44/2.002 en su Disposición adicional 12ª:
Disposición adicional duodécima. Régimen del redondeo en determinadas operaciones de crédito.
En los créditos y préstamos garantizados mediante hipoteca, caución, prenda u otra garantía equivalente que, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, se formalicen a tipo de interés variable, podrá acordarse el redondeo de dicho tipo. En el supuesto anterior, el redondeo del tipo de interés habrá de efectuarse al extremo del intervalo pactado más próximo, sin que éste pueda sobrepasar al octavo de punto.
Para aquellos que les estén cobrando el redondeo y estén interesados, puedes solicitarnos modelo de carta de reclamación al banco o caja mediante el formulario de contacto.
Ante esta circunstancia, las entidades de crédito bancos y cajas de ahorro en su mayoria optaron por eliminar dicho redondeo y en la actualidad no se discute sobre la aplicación del tipo de interés. No obstante, para aquellas hipotecas firmadas antes de la publicación de la Ley el 23 de Noviembre del 2.002, los bancos y cajas siguen aplicando el redondeo. En estos casos, son ya muchos que han presentado la correspondiente reclamación ante su banco reclamando se deje de aplicarles el redondeo al alza e incluso han llegado a reclamar las cantidades cobradas como exceso por la via judicial.
Y este es el texto de la Ley 44/2.002 en su Disposición adicional 12ª:
Disposición adicional duodécima. Régimen del redondeo en determinadas operaciones de crédito.
En los créditos y préstamos garantizados mediante hipoteca, caución, prenda u otra garantía equivalente que, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, se formalicen a tipo de interés variable, podrá acordarse el redondeo de dicho tipo. En el supuesto anterior, el redondeo del tipo de interés habrá de efectuarse al extremo del intervalo pactado más próximo, sin que éste pueda sobrepasar al octavo de punto.
Para aquellos que les estén cobrando el redondeo y estén interesados, puedes solicitarnos modelo de carta de reclamación al banco o caja mediante el formulario de contacto.



