Practicamente a todo el mundo que ha percibido alguna cuota de RBE le aparece en los datos fiscales. Lo que si hay que meter a mano, es la deduccion por alquiler (con su referencia catastral, nif del arrendador ...)
Lo que todo el mundo puede acogerse es a la deduccion por la parte estatal. Por la parte autonomica hay que cumplir unos requisitos, casi todos es por la fianza (que se haga formalmente ante la junta de andalucia por ejemplo).