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Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Foro sobre la ayuda de alquiler a los jovenes de 210 euros http://www.renta-emancipacion.com

Moderadores: maria2002, Ayuda

Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor admin » Dom Dic 13, 2009 8:50 pm

En este hilo que lo dejaremos como post fijo, añadiremos las cosas mas importantes para no tener incidencias en el cobro de la ayuda para que sirva de referencia a todos aquellos que esté teniendo problemas.
Desde aquí pido la colaboración de los foreros Ayuda y Maria 2002 que suelen estar bien informadas para que detallen aquí esas cosas mas importantes:
Por ejemplo:
- Es necesario presentar la declaración de la renta siempre pues suele ser motivo de no cobrar la ayuda.
- En el caso de hacer el pago del alquiler mediante domiciliación bancaria, es necesario enviar una copia de esa resolución, de tu DNI, y lo que es muy importante, o los recibos domiciliados originales, o si no, una copia sellada por tu banco. Es importante como te dice en esa carta que en esos recibos aparezca tus datos pero también, el sufijo de la empresa o particular que te pasa los recibos, la referencia que tú tienes asiganda,y la fecha del recibo.

No obstante, siempre que tengáis una duda, se puede buscar en el buscador del foro pues seguramente tu misma duda ya se ha planteado anteriormente y tienes la respuesta. El buscador está arriba a laizquierda junto al texto RESPONDER o NUEVO TEMA
Este es el resumen que el forero Ayuda ha puesto en una de sus respuestas que suelen ser motivos de no cobrar:

1 - Los pagos del alquiler: ¿Los has hecho siempre por transferencia bancaria?
2 - En el banco: ¿Te han dado de alta la orden de transferencia periódica, asociando éstos además el código de la RBE que aparece entu carta?
3 - Una vez llevada la carta al banco y "supuestamente" dado de alta correctamente: ¿ha habido algún pago que no te diera tiempo a hacerlo el día que tenías fijado en el banco?
4 - Hacienda y Seg.social: ¿Estás al corriente de ambas? ¿Podrías tener alguna multa?
admin
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor Miss Carrusel » Jue Dic 24, 2009 9:01 am

hOLA! Yo llevo con la ayuda retenida (espero que sea retenida) desde le mes de Noviembre y me dijeron que era por no haber hecho al declaración de la Renta, mi pregunta es...¿DONDE INFORMAN QUE HAY QUE PRESENTAR LA DECLARACION? en que momento del rpoceso de solicitud o en que papel alguien te informa de eso?! Ahora ya la he presentado, y mi pregunta es...sabeis cuanto tiempo tardan en volver a ingresarla y si vuelve a ser con caracter retroactivo? la cobraria desde noviembre? Gracias!!
Miss Carrusel
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor maria2002 » Lun Dic 28, 2009 2:07 pm

Miss Carrusel escribió:hOLA! Yo llevo con la ayuda retenida (espero que sea retenida) desde le mes de Noviembre y me dijeron que era por no haber hecho al declaración de la Renta, mi pregunta es...¿DONDE INFORMAN QUE HAY QUE PRESENTAR LA DECLARACION? en que momento del rpoceso de solicitud o en que papel alguien te informa de eso?! Ahora ya la he presentado, y mi pregunta es...sabeis cuanto tiempo tardan en volver a ingresarla y si vuelve a ser con caracter retroactivo? la cobraria desde noviembre? Gracias!!


Hola, cuando recibes la renta de enmancipación del estado se consideradas como una ganancia patrimonial de ahí que sea obligatorio hacer la declaración de la renta.
Aunque te paralicen la ayuda cuando vuelvas a cobrar será con caracter retroactivo ( eso si, alomejor a ellos se les "olvida" lo que te deben, así que si cuando vuelvas a cobrar no te lo ingresan llama y di que no te han ingresado los pagos atrasados). Respecto al tiempo que tardan en ingresarte de nuevo la ayuda siento decierte que al parecer la cosa va lenta, sobre unos tres meses, esto es orientativo para que te hagas una idea, espero que sea antes y que nos lo cuentes, un saludo
maria2002
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor IRE1703 » Vie Feb 12, 2010 12:42 pm

Hola, agradezco la información facilitada. Llevo con la ayuda concedida desde Abril del 2009, en septiembre me ingresaron tres meses con caracter retroactivo. En Julio tuve un error en la trasnferencia periódica y no la realicé hasta el dia 10 en vez de los dias 5. La ayuda se paralizó, los demás meses se han ido haciendo religiosamente todas las transferencias periódicas. Pues todavia no me han ingresado nada, fui al banco y mi banco mandó un certificado sellado con un codigo de error verificando que procedia a realizar la transferencia todos los meses. Cuando voy a la oficina de la vivienda dicen que tengo el error de que no han recibido mi tranferencia de octubre,( en octubre hice el ingreso pero tve q cambiar la cuantia, por una revisión del gas. Alguien sabria decirme si lo tengo todo perdido? o donde debo dirigirme, si al banco si a la oficina de la vivienda o no sé... gracias estoy desesperada.
IRE1703
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor thebestplanet » Lun Mar 01, 2010 3:37 pm

Hola:

Mi caso es el siguiente. He solicitado la ayuda al alquiler,y hace unos días me la han concedido mediante una carta certificada, con la correspondiente documentación para mi y para el banco. He realizado el trámite en el banco. Ahora bien, ya que yo nunca he realizado la declaración de la renta debido a que estaba con mis padres, tendría que hacer la declaración de la renta en el año próximo, es decir, en el 2011 no?. Este año no tendría que realizar la declaración de la renta yo solo, puedo seguir dentro de la de mis padres.

La ayuda me la concedieron ahora en Enero de 2010,

No sé si me he explicado con claridad. Pero el rollo es ¿tengo que hacer la declaración este año 2010 o el siguiente 2011?

Gracias de antemano..
thebestplanet
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor maria2002 » Mar Mar 02, 2010 2:15 am

thebestplanet escribió:Hola:

Mi caso es el siguiente. He solicitado la ayuda al alquiler,y hace unos días me la han concedido mediante una carta certificada, con la correspondiente documentación para mi y para el banco. He realizado el trámite en el banco. Ahora bien, ya que yo nunca he realizado la declaración de la renta debido a que estaba con mis padres, tendría que hacer la declaración de la renta en el año próximo, es decir, en el 2011 no?. Este año no tendría que realizar la declaración de la renta yo solo, puedo seguir dentro de la de mis padres.

La ayuda me la concedieron ahora en Enero de 2010,

No sé si me he explicado con claridad. Pero el rollo es ¿tengo que hacer la declaración este año 2010 o el siguiente 2011?

Gracias de antemano..

Hola, en la declaración de este año hay que incluir lo que te hayan pagado en 2009, si te han concedido la ayuda desde 2010 tendrás que declararla en 2011. Otro asunto es si tienes que hacer o no la declaración,ólvidate de la ayuda para declarar perpo piensa si estas obligado o no, (depende de lo que hayas cobrado en 2009, de los trabajos que hayas tenido en 2009...para esto Hacienda establece la obligatoriedad o no de declarar. Te pueden parar la ayuda si no estas al corriente con Hacienda y esto incluye el concepto de si estas obligado a hacerla y no la haces, aunque no tengas que pagar nada. Por otra parte no entiendo muy bien lo de seguir en la declaración de tus padres, si tu no vives con ellos o me equivoco o no pueden desgravar por ti, que tampoco se si lo hacen o no. Un saludo
maria2002
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor Mar » Mié Mar 10, 2010 1:53 pm

Hola! tengo la ayuda aprobada desde octubre, y hoy por fin he visto el ingreso de 4 cuotas, es esto correcto? es decir, la verdad que ya ni me acuerdo en las bases di había un mes de carencia o algo parecido. Yo es que tenía en mente que me debían más cuotas la verdad...si me podéis ayudar a verificarlo, que no me gusta reclamar algo que no me pertenece.
Gracias, Mar!
Mar
 
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Formas de pago del alquiler por recibo o transferencia

Notapor experto » Mié Mar 10, 2010 6:20 pm

Aquó os transcribo uno de los post de un usuario que también puede ser considerado importante a la hora de pedir y cobrar la ayuda
orenfadd escribió:Hola todos!!!!!!!!!!!

Pues nada, os escribo porque nos han pagado a todos hoy por fin!!!

El caso es que muchos de vosotros lo sabéis, pero esta ayuda se solicita para casos diferentes (pagos por domiciliación / pagos por la transferencia automática)

* METODO 1:
En el caso de que uno le abonase al arrendador (casero) o empresa dueña de la vivienda antes de la ayuda o cuando comienza a pedirse esta el importe del alquiler, el método seleccionado es el de la transferencia automática (se puede elegir día de pago entre el 1 hasta el día 10 del mes para realizarse mensualmente), y una vez seleccionada, y tras los tres/cuatro meses de espera por parte del ministerio para verificarse que se paga el piso OK, se empiezan a recibir en un primer pago los atrasos hasta mes vencido (esos significa que vamos siempre por un mes con retraso), y de ahí, a recibir religiosamente los 210€ mientras se realicen las transferencias automaticas OK y no se pare el sistema.... hasta los 4 años (o 30 años cumplidos, lo que antes llegue)


* METODO 2:
En el caso de que a uno le cobrase el arrendador (casero) o empresa dueña de la vivienda antes de la ayuda o cuando comienza a pedirse esta el importe del alquiler, el método seleccionado es el de la presentación de los recibos bimensualmente en el Ministerio en persona (para los que viven en Madrid capital en el Ministerio (Castellana 112) o enviándolos por carta certificada al mismo sitio (Ministerio de vivienda) cada dos meses igualmente.

NOTA: Es muy importante saber que este método es muuuuy lento, y que el proceso no es automático como en el METODO 1, ya que se tienen que revisar estos recibos por parte de los funcionarios, e introducirlos a mano en la base de datos, para que se vayan aprobando los pagos, por lo que, es muy muy normal que haya siempre retrasos de 4, 5, 6 o hasta 8 meses en los pagos (eso sí, luego lo pagan en bloque y de golpe)... Este sistema ha traído de cabeza a más de uno, pero AFORTUNADAMENTE, el 22 de Enero de este año lo han cambiado.... Ahora, para la gente que pagamos de esta forma nuestro alquiler, el proceso va a ser también automático como para el METODO 1, pero parecido... Lo que van a hacer es cruzar datos los meses impares con los bancos (El Ministerio revisará nuestras cuentas para comprobar que estamos pagando el alquiler OK) y nos lo van a ingresar en bloques de dos meses, osea, un mes cobramos 2 meses, al siguente nada.... y así sucesivamente. Desde luego es un paso, aunque podían hacerlo como la transferencia automática...


* COMUN PARA LOS DOS MÉTODOS:
Hay un apartado muy importante para los dos métodos y es el sistema que tiene el Ministerio de pagar, ya que si te encuentras dentro de las personas que has recibido algún mes, estas pendiente de recibir algun(os) pago(s) ten en cuenta que el Ministerio cierra las remesas de órdenes de transferencias (lo que se decide que se va a pagar ese mes) los días 22 de cada mes, por lo que (excepto casos parecidos como Diciembre 2009 o Enero de 2010), el plazo para recibir la ayuda es entre el 22 de un mes hasta el 10 del mes siguente.

EJEMPLO: Puedo recibir el pago de ENERO (mes vencido) desde el 22 de Febrero hasta el 10 de Marzo (lo que ha pasado este mes) y muy importante: Todos cobramos el mismo día. Nadie cobra antes que nadie
experto
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor maria2002 » Jue Mar 11, 2010 1:07 am

Mar escribió:Hola! tengo la ayuda aprobada desde octubre, y hoy por fin he visto el ingreso de 4 cuotas, es esto correcto? es decir, la verdad que ya ni me acuerdo en las bases di había un mes de carencia o algo parecido. Yo es que tenía en mente que me debían más cuotas la verdad...si me podéis ayudar a verificarlo, que no me gusta reclamar algo que no me pertenece.
Gracias, Mar!

Hola Mar, si te la aprobaron en octubre entiendo que la solicitaste en septiembre, no? entonces si te han pagado 4 meses está bien ya que has cobrado octubre, noviembre, diciembre y enero, ya que los que cobramos normalmente en este pago hemos cobrado enero. Un saludo
maria2002
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor MEST » Mié Mar 17, 2010 2:35 pm

thebestplanet, te aconsejo que te informes bien sobre tu caso, se te concedió en Enero, pero te pagan desde el mes en que la solicitaste, y supongo que fuera en 2009, puede ser que tengas que hacer la declaración!
MEST
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor maria2002 » Mié Mar 17, 2010 11:36 pm

MEST escribió:thebestplanet, te aconsejo que te informes bien sobre tu caso, se te concedió en Enero, pero te pagan desde el mes en que la solicitaste, y supongo que fuera en 2009, puede ser que tengas que hacer la declaración!

Hola,si te aprueban la ayuda te la conceden desde el mes siguiente de la solicitud, no desde el mismo mes que la solicitas. Un saludo
maria2002
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor jesusmcsa » Lun Abr 12, 2010 9:45 am

Hola, tengo una duda importante, he visto un tema que habla de ello pero no me ha quedado nada claro... espero me podais ayudar.
Yo solicité la ayuda del alquiler el Junio de 2009. El pasado día 24 de Marzo recibimos el mensaje de que se procedía al ingreso siendo el primer mes la cantidad de los meses anteriores al tener carácter retroactivo.
Cuando la solicité, cobraba en mi trabajo 21500 € brutos al año. En Febrero cambié de trabajo y ahora estoy en 22500 € brutos al año.
Mi pregunta es... tengo que notificarlo?
Gracias y saludos.
***********************************
Jesús Manuel VIllalba Gómez
***********************************
jesusmcsa
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor kyna » Lun Abr 12, 2010 3:56 pm

Hola a Todos,
Quizas podeis ayudarme, que ya he perdido esperanza de que algun dia cobrare la ayuda (RBE)...
Primero: soy polaca, asi que perdona por mis errores, internatare explicar mi problema lo mejor posible.

PREGUNTA No.1:
En Junio 2009 recibi resolucion sobre RBE de que me dan ayuda con efecto de 1 de Junio 2009. El mismo dia presente documento en mi banco y lo deje alli. En mi banco NADIE me informó que deberia hacer orden de la transferencia (en RBE pone que lo hago por transferencia de mi cuenta a la cuenta de la dueńa) y yo como no lo sabia estaba esperando a que me paguen... Despues de 6 meses llame a Vivienda Zaragoza y me dijeron que es normal que espero, que "tranquila, que recibiras todo en 1 o 2 meses". Despues de 9 meses llame otra vez y me informaron que no es normal que llevo esperando tanto tiempo y que tengo que venir en persona a Vivienda Zaragoza porque algo esta mal, ellos no tienen acceso para ver mis datos etc etc (que no es verdad que no tienen acceso, que pueden dejar nota a la persona que se ocupa de RBE y ella puede chekear todo pero no importa). Fui a Vivienda Zgz y alli me dijeron que me falta orden de la transferencia. Fui otra vez al banco, banco hizo orden, todos (los de Vivienda y los del banco) que me dijeron que tengo que mandar confirmaciones de pagos anteriores a Madrid (todos los meses antes de que me informaron de hacer orden de transferencia, iba al banco y hacia transferenciade mi cuenta a la cuenta de dueńa). En Febrero 2010 mande todas confirmaciones a Madrid, con la copia de resolucion y con carta explicando el error de mi banco. En Marzo recibi mensaje que puedo verificar mi estado y todo por internet pero al entrar a la pagina sale:
NOMBRE: Karolina
APELLIDO: DOROTA XXXXX
No se si es importante o no, pero hay error porque DOROTA es mi segundo nombre (en Polonia tenemos 2 nombres y solo 1 apellido). Ademas en la pagina pone que "No existe verificación del pago del alquiler". Fui otra vez al banco, me dijeron que ellos hicieron todo lo que deberian hacer. Fui a la Vivienda y me dijeron que es la culpa del banco, que el banco tiene que confirmar en Madrid que yo estoy pagando el alquiler. Fui otra vez al banco, el banco me dijo otra vez que ellos hicieron todo. Entonces llevo asi unos cuantos meses andando del banco a Vivienda y al reves. Nadie sabe donde esta error y yo sin recibir dinero desde Junio. Mi pregunta es: Si es posible que despues de hacer orden de la transferencia (en Febrero) otra vez tengo que esperar unos meses hasta que me lo confirmen? Donde puede ser el error? Que tiene que hacer el banco? Por favor, ayudadme, que ya no se ni a quien preguntar ni que hacer... Parece que nadie tiene ganas de ayudarme y lo que es peor, de trabajar :(

PREGUNTA No.2:
Solo para estar segura: Si todavia no he recibido ningun pago de RBE, no tengo que declararlo en la Declaracion de la Renta, verdad? Lo declarare cuando empiecen pagarme, no? Aunque la ayuda en teoria tengo desde el Junio... (y repito que no me pagaron ni una cuota).

Muchas gracias y de nuevo perdona por errores, espero que me hayais entendido...
kyna
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor maria2002 » Lun Abr 12, 2010 4:26 pm

jesusmcsa escribió:Hola, tengo una duda importante, he visto un tema que habla de ello pero no me ha quedado nada claro... espero me podais ayudar.
Yo solicité la ayuda del alquiler el Junio de 2009. El pasado día 24 de Marzo recibimos el mensaje de que se procedía al ingreso siendo el primer mes la cantidad de los meses anteriores al tener carácter retroactivo.
Cuando la solicité, cobraba en mi trabajo 21500 € brutos al año. En Febrero cambié de trabajo y ahora estoy en 22500 € brutos al año.
Mi pregunta es... tengo que notificarlo?
Gracias y saludos.

Hola, el limite de los 22000 euros no se calcula por año natural, si no que se computa popr año desde la fecha de la solicitud, cálculo así y nos cuentas como te sale. Un saludo
maria2002
 
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Re: Cosas importantes a tener en cuenta para la ayuda

Notapor Youe » Lun Abr 12, 2010 10:29 pm

Buenas! mi novio recibió en febrero la carta con el código de la transferencia periódica pero al llegar al banco le dijeron que no podían tramitárselo porque no estaba a su nombre la cuenta (está autorizado). Total que rellenó unos papeles para cambiarlo a otra cuenta que si está a su nombre y envió un montón de justificantes con una carta a Madrid.
Bueno pues se supone que algún día debe llegarle una nueva carta con un nuevo código para cobrarla y no sé cuando va a llegar. ¿A alguien le ha pasado algo parecido? Somos de Sevilla, ¿en qué número de teléfono pueden informarnos?
Después, hoy le han despedido pero le queda año y medio de paro, tiene que justificarlo en algun lugar o no tiene que hacer nada?
Respecto a hacienda, ha pedido el borrador pero no sé si tiene que poner algo del rbe porque aunque lo solicitó en Julio de 2009 aun no ha visto un duro.

Necesito respuestas!!!
Youe
 
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