por experto » Mié May 28, 2008 10:19 am
El hecho de contratar la hipoteca en multidivisa no cambia para nada la relación con hacienda o la fiscalidad de la hipoteca. Como el banco pasará 12 recibos por el pago de las cuotas, la suma de esos recibos será lo que puedes incluir en la declaración de la renta más posibles amortizaciones anticipadas logicamente con el límite que marca la norma.
Si el importe de la deuda baja por los efectos del cambio de la moneda, tendrías menos desgrabación a lo largo de la vida del préstamo en el hipotético caso de que la desgrabación por vivienda continuara dentro de varios años.
Otra cuestión es que hacienda te podría reclamar beneficios por cambio de divisa en el caso de ganancias y no podrías desgrabar mas de lo que costó el piso en el caso de pérdidas pero si declarar esas pérdidas a compensar con otras ganancias por venta de acciones o similares, pero esta situación no creo que todavía se le haya planteado a nadie. Estos beneficios o pérdidas, solo serían efectivas cuando se cancelara el préstamo al igual que ocurre con las acciones que es cuando se venden.