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Será necesario llegar al embargo?

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Será necesario llegar al embargo?

Notapor mariaa » Mar Mar 24, 2009 11:42 pm

Hola, hace 4 años compré una vivienda. Me concedieron un préstamo hipotecario de 200.000 presentando una nómina de 1000euros y sin avalistas. Entonces tenía pareja y lo pagábamos a medias. Pero hace 2 años que estoy sola, y la hipoteca de 750euros ahora está en 1280euros. Primero me pregunto sobre la legalidad de todo esto, porque está claro que yo no tuve ningún conocimiento, pero el banco era también un poco kamikaze... La cuestión es que le propongo al banco una dación en pago y me dice que no porque no estoy en el paro. Por lo que entiendo que sólo queda el embargo. Así que me gustaría que alguien me pudiera asesorar al respecto. Está claro que al no haber avalista nadie más va a salir perjudicado, pero me gustaría saber hasta que punto me puede perjudicar a mi. No sé si te embargan el sueldo... no sé nada sobre cómo funciona.
Gracias.
mariaa
 
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Entregar el piso al banco en dacion de pago

Notapor admin » Mié Mar 25, 2009 1:22 am

Maria, precisamente por estar en el paro y que el banco no tiene de donde cobrar porque ni tiene avalistas, la dacion de pago sería la mejor solución para ambos pues con el embargo y la subasta la deuda se incrementa mucho. Lo que no comentas es si tu ex pareja también está como titular pues el banco también le intentará embargar nóminas o lo que pueda.
Si no te admiten la dación de pago, lo mejor es que quites la nómina o el paro del banco y lo domicilies en otro para al menos tener para seguir viviendo y que te embarguen. Del resto que no cobren de la subasta del piso, tendrás la deuda para muchos años y tratarán de embargarte la nómina, pero el salario mínimo que son 600 euros no te lo pueden embargar y de lo que exceda solo te embargan un tanto por ciento.
admin
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Gracias por contestar

Notapor mariaa » Mié Mar 25, 2009 1:40 am

Muchas gracias por tu respuesta. No estoy en el paro, por ello no me conceden la dación según el banco. Mi ex no tiene nada que ver ya con el piso. Ni siquiera tengo la nómina en ese banco. Pero tengo muchas dudas porque no sé que porcentaje me quitarían de la nómina ni cuantos años puede durar todo ese proceso. Gracias.
mariaa
 
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Cantidades que pueden embargar o quitar de la nómina.

Notapor admin » Mié Mar 25, 2009 11:44 am

Maria, lo que te pueden quitar de la nómina lo puedes ver en este artículo de la web www.hipotecasypisos.com http://www.hipotecasypisos.com/embargo-nomina.html
Lo que te dicen en el banco de tener que estar en el paro es para la nueva norma que han sacado de que se puede pagar la mitad de la cuota mientras que se está en paro. Lo de la dación de pago no tiene nada que ver con estar en paro. la dación de pago es entregar el piso al banco como pago de la deuda
Si empiezan el proceso de embargo que tampoco al banco le interesa si tu le entregas el piso libremente, tardarán aproximadamente unos 9 oa 12 meses en que te quiten definitivamente la vivienda. Todo depende de la agilidad del banco y de los juzgados.
Suerte y ánimo
admin
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Muchas gracias

Notapor mariaa » Mié Mar 25, 2009 1:51 pm

Gracias, el enlace que me has enviado me ha sido de gran utilidad.
mariaa
 
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Embargo de avalistas?

Notapor chusqui » Sab Mar 27, 2010 9:30 am

Buenos días, somos avalistas de mi hermano en su casa, ha llegado a un momento en que todas las negociaciones con el banco no han ido más allá y mi hermano ha decidido dar al banco las llaves de su casa e irse a vivir de alquiler porque no puede hacer frente a los gastos.Mi pregunta es la siguiente: en el momento en el que de las llaves de su casa se cancelaria todo y dejaríamos de estar vinculados a él o si`por el contrario puede el banco negarse a coger las llaves y embargarnos a nosotros?Gracias por adelantado.
chusqui
 
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Dación de pago en las hipotecas

Notapor experto » Mié Mar 31, 2010 9:04 pm

Lo que tu hermano quiere hacer se llama tecnicamente dación de pago y desde luego en mi opinión es la mejor solución cuando no se puede pagar, pues si dejas llegar al embargo, la deuda sube de forma considerable con los gastos de abogados, procuradores, intereses de demora, etc.
El problema es que el banco no tiene la obligación de aceptar el piso como pago y mas teniendo avalistas si el banco estima que puede cobrar mas ejecutando la deuda a los avalistas. No obstante, debe intentar hacerlo dejandole bien claro al banco que no puede pagar mas y que les entrega el piso e incluso si falta algo por pagar que le negocien un préstamo para pagar en x tiempo.
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