La hipoteca inversa o hipoteca para mayores y dependientes ha sido aprobada en Noviembre del 2.007 y está en el BOE número 294 de fecha 8 de Diciembre del 2008, donde se recoge la Ley 41/2.007 Ley de reforma del mercado hipotecario. Mediane la hipoteca inversa lo que se pretende es que las personas mayores o jubiladas puedan disponer del patrimonio que supone tener una vivienda y tengan necesiades de liquidez o dinero actualmente. Con la hipoteca inversa, el banco acuerda entregar una cantidad mensualmente a los propietarios del piso. Esta cantidad mensual dependerá del valor del piso y de la edad de los beneficiarios.
Al fallecimiento de los propietarios, los beneficiarios pueden optar por cancelar la hipoteca y tomar la propiedad de la finca o dejar que el banco se quede con el piso.
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