¿La bajada del Indice de precios al consumo o IPC se aplicará a los contratos de alquiler?
Según se indica en la citada Ley, la renta mensual se actualiza tomando como referencia el IPC o indice de precios al consumo correspondiente al periodo de 12 meses anteriores a la fecha de revisión de la renta y por tanto, si el casero se negara a aplicar la bajada del IPC, el arrendador podrá actuar judicialmente contra el arrendatario. Sin embargo, el inquilino no debe aplicar la rebaja sin el consentimiento del propietario de la vivienda.
De hecho, en los datos que se ofrecen en el INE . Instituto Nacional de Estadñistica ya están teniendo en cuenta la rebaja que se ha producido aplicando el recorte de 0,1% en los precios del mes de Marzo de 2.009. Por tanto, aunque en el momento actúal se trata de una bajada de poca importancia, si se llega a producir una bajada superior al 1%, puede llegar a ser motivo de incidencias entre arrendadores y arrendatarios.
Algunos expertos indican que habrá que atenerse a lo que recogen los contratos de alquiler. Si el contrato indica que la rneta se incrementará con el IPC, estos entienden que no se puede aplicar una bajada y por el contrario si el contrato habla de actualizar la renta, en estos casos si será de aplicación una bajada de la renta.
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